
Los aportes a los Fondos viven en cada obra y en cada uno de sus Asociados y Beneficiarios, abriéndoles las puertas al progreso y al bienestar con una mejor calidad de vida.

Fondo de Retiro
y Fallecimiento
ESTOS FONDOS NO SON SOLIDARIOS
ESTE FONDO SI ES SOLIDARIO

Fondo de Prestaciones Asistenciales y Servicios Funerarios
CREACIÓN
Se crea por Resolución de Gerencia General Nº 439-GG-IPSS-85, de fecha 27 de Mayo de 1985.
NATURALEZA Y PRINCIPIOS
En concordancia con el Código Civil, el Fondo de Retiro y Fallecimiento constituye una asociación civil sin fines de lucro, con personería jurídica de derecho privado y con autonomía administrativa, económica y financiera, que actúa bajo los principios universales de Solidaridad, Igualdad, Obligatoriedad y Uniformidad. NO PROCEDE LA RENUNCIA A LOS FONDOS.
FINES
Son fines del Fondo de Retiro y Fallecimiento:
a) Constituir y administrar un Fondo intangible para el otorgamiento de los beneficios que corresponden a los asociados.
b) Contribuir al logro de la tranquilidad, bienestar, desarrollo y amparo familiar de los asociados.
c) Conformar y mantener un Fondo de reserva para afrontar las contingencias que pudieran afectar a los Fondos y garantice la continuidad de su vigencia y el otorgamiento efectivo y oportuno de los beneficios.
OBJETIVOS
Los objetivos del Fondo de Retiro y Fallecimiento son:
a) Otorgar al asociado el beneficio económico que le corresponde al momento de su retiro como trabajador del Seguro Social de Salud.
b) Otorgar a los beneficiarios que se designen el beneficio económico que corresponde al momento del fallecimiento del asociado.
c) Mantener actualizadas las escalas de beneficios económicos y otorgarlos en forma oportuna.
CREACIÓN
Se crea por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 201-PE-IPSS-88, de fecha 07 de Marzo de 1988. El Fondo de restaciones Asistenciales y Servicios Funerarios (FOPASEF) figura inscrito en la Oficina Registral de Lima con la Partida N°12954074, Asiento N°A00001 de fecha 18 de diciembre del 2012.
NATURALEZA Y PRINCIPIOS
En concordancia con el Código Civil, el Fondo de Prestaciones Asistenciales y Servicios Funerarios - FOPASEF, constituye una asociación civil sin fines de lucro, con personería jurídica de derecho privado y con autonomía administrativa, económica y financiera, que actúa bajo los principios universales de Solidaridad, Igualdad, Obligatoriedad y Uniformidad. NO PROCEDE LA RENUNCIA A LOS FONDOS.
FINES
Son fines del Fondo de Prestaciones Asistenciales y Servicios Funerarios - FOPASEF:
a) Constituir y administrar un Fondo que permita afrontar las contingencias asistenciales y/o funerarias que pudieran afectar al asociado.
b) Contribuir a aliviar las dificultades de los asociados y coadyuvar a su bienestar, atendiendo las necesidades de protección y conservación de la salud y, en su caso, de servicios funerarios, de los asociados y sus beneficiarios acreditados
OBJETIVOS
Los objetivos del Fondo de Prestaciones Asistenciales y Servicios Funerarios - FOPASEF son:
a) Coberturar prestaciones de salud a los beneficiarios del asociado debidamente acreditados, no protegidos por algún sistema de seguro (EsSalud, Cajas y Fondos Particulares, Seguros Privados o cualquier otro de naturaleza similar que brinde o atienda los mismos servicios).
b) Brindar o coberturar servicios funerarios integrales a los beneficiarios debidamente acreditados.
c) Permanecer vigente en el tiempo, garantizando la prestación de los servicios, con calidad y oportunidad.